Los bomberos profesionales rechazan que Camargo gaste dinero público en recurrir "una relación laboral de algunos voluntarios de Protección Civil"
- Escrito por Radio Camargo
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La Plataforma de Bomberos Profesionales de Cantabria, integrada por los sindicatos UGT, CCOO, CSIF, USO y SIEP, ha emitido hoy un comunicado en el que valora la reciente sentencia del Juzgado de lo Social que reafirma la relación laboral de 17 miembros de la Agrupación de Voluntarios de Camargo y en el que rechaza la intención del alcalde del municipio, Diego Movellán, de recurrirla al Tribunal Superior de Justicia, “gastando dinero público para intentar perpetuar una situación de ilegalidad que él mismo generó”.
Para la Plataforma de Bomberos Profesionales, la sentencia del Juzgado de lo Social, que avala el acta de infracción de la Inspección de Trabajo que condena al consistorio a pagar dos sanciones por importe de 55.771 euros (37.015 y 18.756 euros) por no dar de alta en la Seguridad Social a 17 voluntarios, “ha demostrado y de sobra la relación laboral y no de voluntariado y una situación de ilegalidad que lejos de perpetuarse, más bien debería eliminarse cuanto antes”.
Según la sentencia del Juzgado de lo Social, que será recurrida por el consistorio según ha manifestado el alcalde de Camargo, existe “una relación laboral por cuenta ajena” entre el Ayuntamiento y los 17 trabajadores destinados a labores de extinción de incendios, en los que se centró la demanda los bomberos profesionales, porque recibieron contraprestaciones económicas no propias de una relación de voluntariado.
En este sentido, el fallo judicial aclara que “la nota característica y determinante de una relación de voluntariado es la no percepción de contraprestación económica”, salvo que sea para resarcir “los gastos generados para cumplir su compromiso”.
El Juzgado de lo Social considera demostrado que “no todos los integrantes de la Agrupación reciben una cantidad económica mensual sino sólo el personal cualificado de intervención”, lo que para la magistrada Nuria Perchin Benito, implica “el reconocimiento de que no nos encontramos ante una compensación de gastos de manutención, transporte o alojamiento” propia de una agrupación de voluntarios.
La Plataforma de Bomberos Profesionales de Cantabria considera que la infracción decretada en su momento por la Inspección de Trabajo y ahora, a su juicio, corroborada por el Juzgado de lo Social “sólo viene a avalar nuestro planteamiento de que las labores de extinción de incendios competen única y exclusivamente a bomberos profesionales debidamente preparados y cualificados para ello”.
“Los bomberos profesionales son los únicos autorizados por ley para esta tarea, por mucho que el alcalde de Camargo se empeñe en lo contrario”, agrega la plataforma que integra a los bomberos profesionales de la región, que recuerda que en su momento ya advirtió a Diego Movellán que el servicio prestado en este tipo de intervenciones por la Agrupación de Voluntarios “era ilegal” y que “existían otras opciones plenamente legales, como la de mancomunar o crear un servicio propio de extinción de incendios, tal y como se hace en otros municipios”.
La Plataforma de Bomberos Profesionales de Cantabria matiza que “no tenemos nada en contra de la labor realizada por los voluntarios siempre y cuando ésta se ajuste a la legalidad vigente y no invada competencias que no les corresponde, y más, en actuaciones de emergencia para la extinción de incendios”.
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