A exposición el padrón de las tasas de 'agua-basura-alcantarillado' del cuarto trimestre de 2021 y apertura del periodo-voluntario de cobro
- Escrito por Radio Camargo
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Según informa el BOC (Boletín Oficial de Cantabria) en su edición de este martes 25, ya ha sido aprobado y expuesto públicamente el padrón de las tasas de Agua, Basura y Alcantarillado del cuarto trimestre de 2021 en Camargo, al tiempo que se da cuenta también de la apertura del periodo voluntario de cobro.
"Una vez aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 17 de enero de 2022, el padrón de Agua, Basura y Alcantarillado del 4º trimestre de 2021, estarán expuestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes entre el 1 de febrero al 31 de marzo de 2022", afirma textualmente el BOC, al tiempo que también informa que "quince días antes de la fecha de inicio del período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública del padrón a efectos de comprobación y de reclamación"
Durante el plazo de exposición pública de un mes, el padrón estará a disposición de los interesados en las Oficinas del Ayuntamiento. Igualmente, se les comunica que con el recibo de las Tasas Municipales anteriormente mencionadas, se pondrá al cobro el Canon de Saneamiento del Gobierno de Cantabria.
LUGAR DE PAGO: Los contribuyentes obligados al pago y cuyos recibos no estén domiciliados harán efectivas sus deudas en cualquier sucursal de la red de oficinas de LIBERBANK (Caja Cantabria), BBVA, BANCO SANTANDER, CAIXA (Kaixabanck), BBK, CAJA LABORAL (Kutxa), CAJA RURAL DE BURGOS (Caja ViVa), BANKIA y BANCO POPULAR, presentando la factura emitida por el Servicio de Aguas recibida en su domicilio.
En caso de no recibir la misma, se personará en las Oficinas de dicho Servicio sita en C/ Marqués de Villapuente, 1, Bajo, de Muriedas, desde las 9 a las 13 horas, de lunes a viernes, donde le facilitarán un duplicado.
Asimismo, se podrá hacer uso de la domiciliación en Entidades de Crédito según lo dispuesto en el artículo 25 y 38 del Reglamento de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
MEDIOS DE PAGO: De acuerdo con lo establecido en los artículos 34 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, en relación con el artículo 60 de La Ley General Tributaria.
RECURSOS: Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el Alcalde-Presidente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del correspondiente Padrón. Contra el Canon de Saneamiento podrán interponer reclamación económico-administrativa ante la Consejería de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria.
ADVERTENCIA: Al día siguiente al vencimiento del plazo para el pago en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo, lo que determinará la exigencia de intereses de demora y recargos del período ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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