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A exposición pública padrón Impuesto Vehículos Tracción Mecánica y período de cobro del 1 de Abril al 6 de Junio

A exposición pública padrón Impuesto Vehículos Tracción Mecánica y período de cobro del 1 de Abril al 6 de Junio

El Boletín Oficial de Cantabria publica hoy martes la aprobación y exposición pública del padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de 2016 y la apertura del periodo voluntario de cobro.

Una vez aprobado por resolución de Alcaldía de fecha 7 de marzo de 2016, el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ejercicio 2016, estarán expuestos al cobro en periodo voluntario los recibos correspondientes, los días hábiles comprendidos desde el 1 de abril hasta el 6 de junio de 2016. Asimismo, quince días antes de la fecha de inicio de periodo voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública del padrón a efectos de comprobación y de reclamación. Durante el plazo de exposición pública de un mes, el padrón estará a disposición de los interesados en las Oficinas del Ayuntamiento.

Los contribuyentes obligados al pago deberán hacer efectivas sus deudas en cualquier sucursal de la red de ofi cinas de Liberbank, BBVA, Banco Santander, Caixa, Caja Burgos, BBK, Caja Laboral, Caixa Galicia, Caja Rural de Burgos, Bankia, Banesto, Banco Popular y Banco Pastor con el recibo emitido por la Recaudación Municipal.

En caso de no recibir el mismo, deberán personarse en la Oficina de Recaudación, sita en la calle Rufi no Ruiz Ceballos, 17-19, de Maliaño, desde las 9 a las 14 horas de lunes a viernes y durante dicho plazo. Asimismo se podrá hacer uso de la domiciliación en Entidades de Crédito según lo dispuesto en los artículos 25 y 38 del Reglamento de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de fi nalización del período de exposición pública del correspondiente padrón.

Al día siguiente al vencimiento del plazo para el pago en periodo voluntario, se iniciará el periodo ejecutivo, lo que determina la exigencia de intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

¡ATENCION!

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Modificado por última vez enMartes, 15 Marzo 2016 21:29
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