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A exposición pública el padrón del 'Impuesto sobre Actividades Económicas' del 2017 (I.A.E.), con apertura del periodo voluntario de cobro

A exposición pública el padrón del 'Impuesto sobre Actividades Económicas' del 2017 (I.A.E.), con apertura del periodo voluntario de cobro

Una vez aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 24 de julio de 2017, el padrón del Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2017 (IAE) en Camargo, estarán expuestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes, los días hábiles comprendidos desde el 15 de agosto hasta el 20 de octubre de 2017. Así lo recoge el Boletín Oficial de Cantabria (BOC) en su edición de este jueves 3 de agosto.

Asimismo, se hace saber que, quince días antes de la fecha de inicio de período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública del padrón a efectos de comprobación y de reclamación.

Durante el plazo de exposición pública de un mes, el padrón estará a disposición de los interesados en las Oficinas del Ayuntamiento.

Lugar de pago: Los contribuyentes obligados al pago harán efectivas sus deudas en cualquier sucursal de la red de ofi cinas de Liberbank, BBVA, Banco Santander, Caixa, Caja Burgos, BBK, Caja Laboral, Caixa Galicia, Caja Rural de Burgos, Bankia, Banesto, Banco Popular y Banco Pastor con el recibo emitido por la Recaudación Municipal.

En caso de no recibir el mismo, se personará en la Oficina de Recaudación, sita en la calle Rufino Ruiz Ceballos, 17-19 de Maliaño, desde las 9 a las 14 horas de lunes a viernes y durante dicho plazo.

Asimismo se podrá hacer uso de la domiciliación en entidades de crédito según lo dispuesto en el artículo 25 y 38 del Reglamento de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

Recursos: Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el 'alcalde-presidente' en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del correspondiente padrón.

Advertencia: Al día siguiente al vencimiento del plazo para el pago en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo, lo que determina la exigencia de intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

ANUNCIO DEL BOC AL QUE HACEMOS ALUSIÓN EN ESTA NOTICIA (CLIKA EN EL LINK): https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=315744

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Modificado por última vez enJueves, 03 Agosto 2017 11:16
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