A exposición pública el padrón del Impuesto de vehículos de tracción mecánica y apertura del periodo voluntario de cobro
- Escrito por Radio Camargo
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Tal y como publica este viernes 15 de febrero el BOC (Boletín Oficial de Cantabria) el Ayuntamiento de Camargo ha aprobado y sacado a exposición pública el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica de 2019, al tiempo que ha dado inicio a la apertura del periodo voluntario de cobro.
"Una vez aprobado por Resolución de Alcaldía de fecha 6 de marzo de 2019, el padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del ejercicio 2019 -publica literalmente el BOC- estarán expuestos al cobro en período voluntario los recibos correspondientes, los días hábiles comprendidos desde el 1 de abril hasta el 5 de junio de 2019"
Asimismo, se hace saber que, quince días antes de la fecha de inicio de período voluntario de cobro, se abrirá un plazo de información pública del padrón a efectos de comprobación y de reclamación.
Durante el plazo de exposición pública de un mes, el padrón estará a disposición de los interesados en las Oficinas del Ayuntamiento.
LUGAR Y FORMAS DE PAGO
Los contribuyentes obligados al pago podrán hacer efectivas sus deudas en cualquier sucursal de la red de oficinas de LIBERBANK, BBVA, BANCO SANTANDER, CAIXA, CAJA BURGOS, BBK, CAJA LABORAL, CAIXA GALICIA, CAJA RURAL DE BURGOS, BANKIA, BANESTO, BANCO POPULAR y BANCO PASTOR con el recibo emitido por la Recaudación Municipal. En caso de no recibir el mismo, se personará en la Oficina de Recaudación, sita en la calle Rufino Ruiz Ceballos, 17-19 de Maliaño, desde las 9 a las 14 horas de lunes a viernes y durante dicho plazo.
Asimismo se podrá hacer uso de la domiciliación en Entidades de Crédito según lo dispuesto en el artículo 25 y 38 del Reglamento de Recaudación aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.
RECURSOS
Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas en el mismo, podrá formularse recurso de reposición ante el alcalde-presidente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del correspondiente padrón.
ADVERTENCIA
Al día siguiente al vencimiento del plazo para el pago en período voluntario, se iniciará el período ejecutivo, lo que determina la exigencia de intereses de demora y los recargos del periodo ejecutivo en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
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