A exposición el Presupuesto-2015 del Ayto de Camargo, más el de Herrera y Cacicedo, y aprobación definitiva del de Revilla
- Escrito por Radio Camargo
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El BOC (Boletín oficial de Cantabria) publica con fecha 31 de diciembre de 2014, último día del año 2014, con vistas a su exposición pública, las cuentas para 2015 del Ayuntamiento de Camargo, así como el de las juntas vecinales de Herrera y Cacicedo.
También se da cuenta este miércoles 31 de la aprobación definitiva del presupuesto para el mismo año 2015 de la Junta vecinal de Revilla
AYTO DE CAMARGO
Respecto al Ayto de Camargo se recuerda en el BOC que el Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 23 de diciembre de 2014, aprobó inicialmente para el ejercicio 2015 el presupuesto general, bases de ejecución, plantilla de ersonal y operación de crédito. En cumplimiento del artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente queda expuesto al público en la oficina de Secretaría para que los interesados, en el plazo de quince días, puedan formular ante el Pleno alegaciones.
El presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.
JUNTA VECINAL DE REVILLA DE CAMARGO
Aprobación definitiva del presupuesto general de 2015.
Aprobado definitivamente el presupuesto general de la Junta Vecinal de Revilla para el ejercicio 2015, al no haberse presentado reclamaciones en el periodo de exposición pública, de conformidad con el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se publica el mismo por capítulos.
Contra la aprobación definitiva del presupuesto podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos que establecen la normativa vigente, según lo dispuesto en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales.
GASTOS
Capítulo Denominación Importe €
1 GASTOS DE PERSONAL 0,00
2 GASTOS DE BIENES CORRIENTES Y SERVICIOS 44.820,00
3 GASTOS FINANCIEROS 0,00
4 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 1.778,00
6 INVERSIONES REALES 0,00
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00
8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00
9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00
TOTAL 46.598,00€
INGRESOS
Capítulo Denominación Importe €
1 IMPUESTOS DIRECTOS 0,00
2 IMPUESTOS INDIRECTOS 0,00
3 TASA Y OTROS INGRESOS 598,00
4 TRANFERENCIAS CORRIENTES 46.000,00
5 INGRESOS PATRIMONIALES 0,00
6 ENAJENACION DE INVERSIONES REALES 0,00
7 TRANSFERENCIAS DE CAPITAL 0,00
8 ACTIVOS FINANCIEROS 0,00
9 PASIVOS FINANCIEROS 0,00
TOTAL 46.598,00€
JUNTA VECINAL DE CACICEDO DE CAMARGO
Con fecha 18 de diciembre de 2014, la Junta Vecinal de Cacicedo ha aprobado el presupuesto general para el ejercicio de 2015, junto con las bases de ejecución y la memoria, el expediente quedará expuesto al público en los locales de la Junta Vecinal durante quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOC.
Durante este plazo cualquier interesado, en los términos previstos en el artículo 170.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el artículo 22.1 del RD500/1990, podrá examinarlo e interponer las reclamaciones que considere pertinentes por los motivos previstos en el artículo 170.2 de la Ley y R. D. citados. En caso de presentarse reclamaciones, la Junta Vecinal deberá pronunciarse en el plazo de un mes; no existiendo reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.
JUNTA VECINAL DE HERRERA DE CAMARGO
Con fecha 3 de diciembre de 2014, la Junta Vecinal de Herrera ha aprobado el presupuesto general para el ejercicio de 2015 junto con las bases de ejecución y la memoria, el expediente quedará expuesto al público en los locales de la Junta Vecinal durante quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de este anuncio en el BOC.
Durante este plazo cualquier interesado, en los términos previstos en el artículo 170.1 del Texto Refundido de la Ley de Haciendas Locales y el artículo 22.1 del RD500/1990, podrá examinarlo e interponer las reclamaciones que considere pertinentes por los motivos previstos en el artículo 170.2 de la Ley y R. D. citados.
En caso de presentarse reclamaciones, la Junta Vecinal deberá pronunciarse en el plazo de un mes; no existiendo reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado sin necesidad de nuevo acuerdo.
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