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El Gobierno subvenciona hasta con 5.000 euros por ayuntamiento a los que adopten medidas contra la avispa asiática

El Gobierno subvenciona hasta con 5.000 euros por ayuntamiento a los que adopten medidas contra la avispa asiática

La Consejería de Medio Rural, Pesca y Alimentación ha publicado la orden reguladora de las ayudas destinadas a los ayuntamientos que adopten medidas de prevención contra la avispa asiática (vespa velutina), con un importe máximo por beneficiario de 5.000 euros. Además, se fija un techo superior de ayuda de 430 euros por kilómetro cuadrado de actuación.

NOTA: En la foto, Bomberos de Camargo en tareas de eliminación de uno de los varios nidos de avispa asiática encontrados en el municipio de Camargo. En concreto podemos ver en la imagen a agentes de este cuerpo manipulando los restos de uno de grandes dimensiones, previamente retirado de la copa de un árbol. 

La orden, publicada este martes 13 en el Boletín Oficial de Cantabria (BOC), establece ayudas para incentivar la adopción de medidas preventivas contra la avispa asiática mediante prácticas de trampeo selectivo de reinas.

Podrán beneficiarse los ayuntamientos de Cantabria que durante los meses de febrero a junio coloquen trampas autorizadas con atrayente selectivo contra la vespa velutina y lleven a cabo su revisión y control periódico.

Los beneficiarios podrán subcontratar total o parcialmente la actividad; y sólo podrán utilizar trampas y/o atrayentes autorizados que cumplan las condiciones de uso que se establecen en el anexo de la orden.

El número máximo de trampas será inferior a 10 por kilómetro cuadrado. Además, deberán ser revisadas periódicamente y los beneficiarios estarán obligados a facilitar los datos de geolocalización de las trampas y la información estadística sobre los insectos capturados con su solicitud de ayuda.

Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente en que se publique el extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria, próximamente, hasta el 30 de septiembre incluido, ajustándose al modelo que figura como anexo I, a la que se acompañará la documentación que figura en cada uno de ellos.

¡ATENCION!

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Modificado por última vez enMartes, 13 Febrero 2018 21:29
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