El Mercado Ecológico de Maliaño se podrá celebrar en festivos con máximo de tres fechas y en la misma ubicación
- Escrito por Radio Camargo
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El Boletín Oficial de Cantabria da cuenta en esta jornada de la aprobación definitiva de la Ordenanza reguladora de la Venta Ambulante Fuera del Establecimiento Comercial Permanente y Otras Ventas Especiales. En este sentido, esta modificación de la Ordenanza tiene como fin dar soporte legal al cambio de fecha de realización del Mercado semanal cuando la prevista para su celebración coincida con alguna festividad. La modificación de la Ordenanza establece un máximo de tres fechas a modificar al año y especifica que dicha modificación no será en ningún caso extensiva al lugar de celebración.
No habiéndose presentado alegaciones a la modificación de la Ordenanza Municipal para la Regulación de la Venta Ambulante Fuera de Establecimiento Comercial Permanente y Otras Ventas Especiales aprobada inicialmente por el Ayuntamiento en Pleno en sesión de fecha 23 de diciembre de 2014 y abierto plazo de información pública mediante anuncio publicado en el B.O.C. de fecha 15/01/2015 Conforme a lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, queda elevado a definitivo el acuerdo de aprobación.
Los participantes deberán montar su puesto el jueves por la mañana, debiendo finalizar el montaje de la estructura a las dos y media de la tarde. La apertura del mercado se realizará a las diez horas. En los casos que la celebración del mercado coincida con fiestas recogidas en el calendario laboral o en fechas señaladas de Navidades, tales como Nochebuena, Navidad, etc., la Alcaldía, previa petición suscrita al menos por la mayoría absoluta de los titulares de los puestos autorizados en el mercado, y presentada al menos con un mes de antelación a la fecha del mercado cuya cambio de fecha se solicita, podrá autorizar de forma extraordinaria la celebración del mismo en una fecha distinta dentro de la misma semana.
En ningún caso la modificación de las fechas de celebración del mercado de productos ecológicos podrá exceder de tres días en cada anualidad, ni supondrá modificación del emplazamiento del mismo.
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