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El TSJC confirma la anulación de la orden de clausura de la planta de asfaltado de COPSESA en Igollo

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso contra la sentencia del Juzgado número 3 de Santander que anuló el decreto del Ayuntamiento de Camargo que ordenaba la clausura de la actividad de la planta de asfaltado de COPSESA.

En línea con la posición mantenida hace unos días, el tribunal entiende que la licencia de la planta sigue vigente y que, por tanto, no era necesaria la legalización de las modificaciones que ha sufrido en los últimos años y que el Ayuntamiento exigía, con el apercibimiento de que de no hacerlo cerraría la planta.

Consecuencia de aquel requerimiento (que fue anulado por el juzgado y confirmada hace unos días esta decisión por la Sala) el Consistorio ordenó el cierre, decreto que entonces el juzgado de instancia y ahora el órgano de apelación también han anulado.

Explica en su sentencia la Sala que "la anulación del requerimiento conlleva, sin más, la desestimación de la presente apelación, al ser la resolución combatida en este procedimiento" (la orden de cierre) "consecuencia del anterior" (la exigencia a COPSESA de que legalizara las modificaciones habidas en la planta)

Junto a ello, explica el tribunal que el decreto municipal que ordena la clausura aludía, además, al requerimiento de la Consejería de Medio Ambiente a la Dirección General de Innovación e Industria para que suspendiera las actividades industriales en la planta.

En este sentido, el TSJC recuerda que la resolución de suspensión finalmente adoptada fue posteriormente anulada en sede administrativa y, después, en judicial, ya que el propio tribunal declaró la improcedencia de la suspensión de actividad.

EL CONTROL AMBIENTAL

Recuerda la sentencia que "el fundamento de la clausura descansaba en la asunción por parte de la Consejería de Medio Ambiente de la necesidad de Declaración de Impacto Ambiental, y la ausencia, comunicada al Ayuntamiento, habilitaba el cese de la actividad". Sin embargo, "este escenario cambió con la revocación de la resolución de la Consejería".

"Sea cual sea la técnica ambiental, ésta es competencia de la administración autonómica, limitándose la competencia local a comprobar si la licencia mantenía o no su vigencia", añade la sentencia.

Y concluye que "todo ello sin perjuicio de las competencias de la Consejería de Medio Ambiente, la que deba pronunciarse sobre si procede una concreta técnica ambiental"

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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COPSESA no debe tramitar una nueva licencia para su planta de asfaltado de Igollo según sentencia del TSJC

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Camargo contra la sentencia que anuló la resolución municipal que exigía a COPSESA tramitar una nueva licencia para su planta de asfaltado de Igollo de Camargo.

De esta manera el Tribunal confirma la sentencia que anuló la resolución del Ayuntamiento, que exigía un procedimiento de evaluación ambiental.

En una sentencia notificada recientemente, el tribunal confirma la resolución dictada por la titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3 de Santander, que en octubre de 2015 decidió estimar el recurso de COPSESA contra la decisión del Ayuntamiento de exigirle la legalización de las modificaciones introducidas en la licencia que obtuvo en los años 80, dado que, a juicio del Consistorio, la planta había pasado de móvil a fija.

En su resolución, el Ayuntamiento de Camargo daba dos meses a COPSESA para tramitar el correspondiente procedimiento de evaluación ambiental ante la Consejería de Medio Ambiente para obtener una nueva licencia, con apercibimiento de clausura de la actividad si no se llevaba a cabo.

COPSESA recurrió la resolución municipal, y entonces la jueza y ahora la Sala le han dado la razón, al considerar que no se ha acreditado que la planta haya cambiado de naturaleza, pasando de ser portátil a fija.

No obstante, esta sentencia cuenta con un voto particular del magistrado presidente de la Sala, quien entiende que la licencia de apertura y actividad de la planta "no cubre la evolución durante más de 30 años del conjunto de las instalaciones"

A su juicio, a lo largo de este tiempo se han realizado obras para ampliar el conjunto de la instalación al margen de lo que es en sí misma la planta portátil, lo que "revela la deriva a fija del conjunto de la instalación"

NO SE HA ACREDITADO EL CAMBIO DE NATURALEZA DE LA PLANTA

En su sentencia, la Sala alude a las afirmaciones de los técnicos municipales acerca de que las modificaciones realizadas en la planta han privado a la instalación de su carácter portátil, y, señala, sin embargo, que no han explicado suficientemente por qué tales modificaciones implican un cambio en la naturaleza de la planta.

Frente a ello, la Sala entiende que "el hecho de que (la planta) no se haya movido del lugar desde que se le concedió licencia de actividad en 1980 no es un cambio respecto del ámbito habilitante de dicha licencia, pues ésta no se dio para una actividad provisional ni se condicionó a plazo alguno"

"Es más -añade el tribunal- "sería el cambio de ubicación lo que hubiera podido tenerse por una modificación sujeta a nuevo control y nueva licencia, pues las condiciones medioambientales del nuevo lugar podrían conducir a la exigencia de nuevas medidas de prevención y seguridad ambiental"

Además, sobre la cimentación de la planta -a la que alude el informe municipal- explica la Sala que tal y como señaló el perito judicial, el hecho de que la misma se encuentre anclada "no implica que no sea una planta portátil", ya que todas las plantas portátiles tienen cimentación "porque en caso contrario serían inviables"

Junto a ello, destaca la Sala que al técnico municipal no le consta que desde el año 2013, fecha en que COPSESA compró la planta, se hayan hecho modificaciones, por lo que "puede presumirse que si se autorizó el traspaso sin exigir nuevos controles es que la planta era la misma, sin modificaciones sustanciales"

También se refiere la Sala a las declaraciones del representante de la empresa que construyó la planta, quien afirmó que sigue siendo portátil, y del técnico de la comunidad autónoma, quien señaló que los técnicos que han visitado la planta han informado de que no se han producido cambios en la misma.

Finalmente, el tribunal alude al cambio que en 1986 tuvo lugar en la planta, que pasó de un sistema de proceso continuo a otro discontinuo, lo que, según el técnico de la comunidad autónoma, es una mejora técnica.

"En definitiva, amén de que esa mejora técnica no es el motivo de la resolución de alcaldía de referencia, no se ha justificado por la administración que sea una modificación sustancial por afectar a elementos con potencial riesgo para el medio ambiente"

En cuanto al aumento de potencia y de producción, aspectos que "en modo alguno se ha probado que impliquen la transformación en fija de la planta", indica la Sala que de las explicaciones del perito judicial y del técnico de la comunidad autónoma se infiere que la licencia de obras de 1986 respondía a la instalación de un filtro de mangas "cuyo destino no era el aumento de producción, sino minimizar las emisiones"

Por tanto, concluye el tribunal que la decisión judicial de entender que la legalización no estaba justificada es "acertada". Contra esta sentencia cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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Archivada la causa contra el propietario de COPSESA y el exdirector general de Medio Ambiente

El titular del Juzgado de Instrucción nº 4 de Santander ha sobreseído la causa en la que se investigaban supuestos delitos contra el medio ambiente y prevaricación administrativa en relación a la actividad de la planta que la empresa COPSESA explota en Igollo de Camargo propiedad del exalcalde de Ramales de la Victoria (PP) Domingo San Emeterio. 

En un auto conocido hoy, como se explica en un comunicado desde el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria,  el magistrado decide sobreseer las actuaciones en las que se investigaba al propietario de COPSESA y al que fuera director general de Medio Ambiente. Anteriormente, ya lo había hecho para el exdirector general de Industria.

COPSESA es titular desde 2013 de la planta de aglomerado ubicada en el municipio de Camargo, autorizada en su día a Emilio Bolado, el anterior propietario. Con el cambio de titularidad, se plantearon dudas acerca de si se habían producido modificaciones técnicas en la planta, y el Ayuntamiento de Camargo requirió a la empresa para que legalizara tales modificaciones introducidas en la licencia de actividad original.

COPSESA recurrió la orden del Ayuntamiento, y el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 3, en octubre del pasado año, acordó anularla, al entender que no se puede afirmar que la planta se había transformado, único motivo por la que se le requirió tramitar la Evaluación de Impacto Ambiental. Ahora, por vía penal el asunto queda archivado, al no hallarse indicios de delito alguno según el auto hecho público. 

En su resolución, el magistrado explica que “no consta que se haya incumplido trámite alguno de comprobación ambiental por parte de COPSESA”, y recuerda que dado que la planta no está situada en suelo rústico de especial protección, no se le podía exigir la tramitación de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) sino de comprobación ambiental.

En este sentido, señala el auto que “las actuaciones de trámite de comprobación ambiental se realizan junto con la licencia de actividad que se dirige al Ayuntamiento, no a la Dirección General de Industria, remitiéndose posteriormente a la Comisión de comprobación ambiental para su aprobación”.

Y sigue: “Pero es que, además, no consta siquiera que haya contaminado”. En este sentido, se remite a un informe del SEPRONA en el que se afirma que la incidencia de la actividad en la salud de las personas “es la propia de la actividad, sin que se hayan apreciado incidencias por encima de la normalidad”. A ello, se suma que “las únicas mediciones que obran en autos han sido aportadas por el investigado, no superando ninguna los límites legales”.

El juez descarta además que existan indicios de delito de prevaricación en la actuación del que fuera director general de Medio Ambiente David RedondoSeñala el auto que la “inacción” de este cargo público al no informar dentro del plazo legal acerca de la pertinencia de la suspensión de la orden del Ayuntamiento, que se le pidió por dos veces, fue “razonable, a la vista de lo que ha pasado después”. Según afirma el juez, “en su declaración ha explicado convenientemente la razón de tal inacción: la existencia de dudas que debían despejarse antes de informar”.

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Ecologistas denuncian al perito judicial del caso COPSESA, recurren sentencia y se congratulan de que también lo haga el Ayuntamiento

Ecologistas en Acción ha denunciado por un presunto delito de falso testimonio al perito judicial que ha intervenido en el procedimiento que se sigue en el Juzgado de lo Contencioso nº 3 de Santander, promovido por la empresa COPSESA contra la orden de cierre de la planta de aglomerado asfáltico decretada por el Ayuntamiento de Camargo el 18 de febrero de 2014.

   En un comunicado de prensa, EA señala que este informe pericial ha servido de "justificación" a la jueza para dictar una sentencia favorable a COPSESA, "en contra de todos los informes de las administraciones públicas". Una sentencia que los ecologistas van a recurrir al considerarla claramente errónea. Además, se congratulan de que el Ayuntamiento tenga también intención de recurrir el fallo.

   La decisión municipal de cierre de las instalaciones arrancó en la denuncia que Ecologistas en Acción Cantabria presentó ante el Ayuntamiento de Camargo en noviembre de 2013, porque en las antiguas instalaciones de Emilio Bolado "existía una instalación clandestina de fabricación de aglomerado asfáltico que estaba explotando ilegalmente la empresa COSEPSA sin licencia y sin control ambiental".

   EA asegura que tanto los servicios técnicos municipales, como los técnicos del Gobierno de Cantabria, han emitido informes señalando que las instalaciones puestas en funcionamiento por Emilio Bolado en el año 1980 "han sufrido varias modificaciones que demandan una revisión de la licencia inicial, así como una evaluación de impacto ambiental" del conjunto de instalaciones que están funcionando en los antiguos terrenos de Emilio Bolado, comprados por la empresa COPSESA.

   Sin embargo, el perito judicial concluye lo contrario que los técnicos municipales, afirmando que la planta asfáltica "es básicamente la misma que la autorizada en 1980", a pesar, denuncia EA, de las pruebas que acreditan que el modelo actual es distinto, que se ha incrementado la potencia, los elementos, y que lleva 35 años en el mismo sitio, perdiendo su carácter de móvil y provisional.

   Según EA, el perito "falta a la verdad" cuando afirma que la planta no ha variado su potencia en 35 años; "omite de forma deliberada" la documentación aportada por la Consejería de Industria; y "da credibilidad" a dos informes aportados por la empresa COPSESA, firmados por INTRAME e INGEVERIS, que "informan falsamente de las instalaciones, frente a la documentación aportada tanto por el Ayuntamiento de Camargo como por las Consejerías de Industria y Medio Ambiente".

   "El perito judicial sabe y le consta que la planta de aglomerado asfáltico actual, adquirida por COPSESA, no es la planta autorizada por la licencia de 1980, que era planta asfáltica portátil sobre ruedas y provisional. A pesar de que ha dispuesto de toda la documentación, ha faltado a la verdad en relación a los datos de potencia, del modelo, la existencia o no de ruedas, los componentes, etc. de la citada planta", sostiene Ecologistas en Acción.

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Camargo recurrirá la sentencia que exonera a Copsesa de una nueva Evaluación de Impacto Ambiental de la planta de Igollo

El Ayuntamiento de Camargo recurrirá la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Santander que estima el recurso contencioso administrativo interpuesto por la empresa Constructora de Obras Públicas San Emeterio SA (Copsesa) contra la resolución del Consistorio de 18 de febrero de 2014 por la que se concedía a la recurrente un plazo de dos meses para que procediera a la legalización de las modificaciones introducidas en la licencia de actividad de la planta de asfalto de Igollo.

Así lo ha anunciado el concejal de Urbanismo y Medio Ambiente, Carlos González, que ha indicado que el Ayuntamiento recurrirá la sentencia ya que considera que “no tiene en cuenta los informes de los técnicos municipales que recogían la necesidad de tramitar un nuevo procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental ante las modificaciones realizadas en la planta que no contemplaba la licencia inicial”.

Se trata de un proceso que este Equipo de Gobierno coge en marcha, pero entendemos que es de lógica seguir defendiendo la posición de nuestros informes técnicos y por lo tanto nos vemos en la obligación de recurrir la sentencia puesto que no compartimos los datos periciales. Consideramos que ha prevalecido un informe técnico sobre otro y entendemos que los técnicos municipales son los más conocedores de la tramitación del expediente”, ha finalizado González.

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UPYD pide a la Comisión Europea que no haya "demoras" en la investigación de la planta de Copsesa en Igollo

Unión Progreso y Democracia (UPyD) ha pedido a la Comisión Europea que continúe la investigación abierta en torno a la planta de aglomerado asfáltico de la empresa Copsesa en Igollo "sin demoras", ya que a juicio del partido magenta no debe haberlas cuando se trata de delitos relacionados con la salud y el medio ambiente.

   Así lo ha expresado este lunes en Santander la eurodiputada de UPyD Maite Pagazaurtundúa en un encuentro con los medios convocado a propósito de la proyección, esta tarde a las 19 horas, en la sede del Colegio Oficial de Arquitectos de Cantabria en Santander, en la calle Aguayos 5, del documental 'TóxicaCOrrupción', sobre "delitos ecológicos y chanchullos" en este municipio cántabro.

   En la comparecencia, en la que ha estado acompañada por el candidato de UPyD al Congreso por Cantabria, Román San Emeterio Pedraja, representantes de Ecologistas en Acción y vecinos de Camargo, la eurodiputada ha explicado que han pedido agilizar la investigación porque el asunto en torno a la fábrica -cerrada por sentencia judicial y que al parecer carecería de licencia y control ambiental, según una denuncia de los ecologistas- es lo "suficientemente serio" como para que "no se pierdan días".

   Pagazaurtundúa ha recordado además que su partido preguntó en Bruselas, en enero de este año, sobre el proyecto de asfalto ecológico por el que la empresa recibió más de 634.000 euros de fondos europeos y sin que, en principio, habría construido las instalaciones necesarias. Ante esta solicitud, la Comisión Europea requirió en abril aclaraciones para seguir la investigación ante la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), que es competente en el asunto.

   Tras esto, el pasado mes de octubre UPyD se volvió a dirigir a la Comisión para solicitar un nuevo encuentro, del que podría formar parte incluso los ecologistas y vecinos, e instar a que no haya "demoras" en la investigación del caso, al tratarse de posibles delitos contra la salud y el medio ambiente.

   En este sentido, la europarlamentaria ha reflexionado que en muchos lugares estos temas se tratan con "frivolidad" y "oportunidad política", favoreciendo así la "corrupción" a través de "amiguetes" que están en el poder y que "en vez de cumplir las leyes, miran para otro lado". Y en el caso de Copsesa podrían verse afectados, además, intereses financieros, según ha agregado Pagazaurtundúa, en alusión a las ayudas europeas.

AMPLIACIÓN DENUNCIA

   Por su parte, Floren Enríquez, portavoz de Ecologistas en Acción, ha informado de que este colectivo ha ampliado la denuncia interpuesta ante la Fiscalía de Cantabria por la planta de Copsesa, al considerar que se ha incurrido en más delitos de los ya denunciados y, también, para pedir nuevas imputaciones, ocho en total, entre políticos y funcionarios que la organización considera que estarían involucrados.

   Ahora están imputados por esta causa el exalcalde de Ramales de la Victoria y propietario de la constructora, Domingo San Emeterio (PP),  y el anterior director general de Medio Ambiente del Gobierno de Cantabria, David Redondo. También lo estuvo el director de Industria, y Ecologistas recurrió el auto por el que dejaba de estar imputado.

   Con motivo de esta causa, que sigue abierta, se están investigando dos denuncias en la vía penal, y cuatro en los juzgados de lo contencioso administrativo, por posible malversación y alzamiento de bienes y probables delitos contra el medido ambiente, ordenación del territorio, desobediencia, prevaricación y tráfico de influencias, según ha detallado Enríquez.

'CEMENTERIOS CLANDESTINOS' POR GESTIÓN CON 'TINTES MAFIOSOS'

   Otro portavoz de Ecologistas, Bernardo García, se ha referido a la concentración de residuos en Camargo, como el cerca de medio millón de toneladas de escorias en la cantera de Emilio Bolado, que ha tachado de "ilegal". Ha añadido al respecto que este vertido no se ha podido hacer "de espaldas" a la administración porque "no es un vertido puntual". A ello se suman otras 2.000 toneladas más de escorias almacenadas en la cantera de Candesa, que serían contrarias también a la Ley de residuos.

   Según el ecologista, los primeros vertidos estarían próximos a una zona residencial y sobre un acuífero, cerca de una captación de agua para el suministro a Camargo. Además, ha apuntado que llevarlos a un centro de gestión adecuado costaría más de 10 millones de euros. Un vecino del Valle, José María García, presente en la rueda de prensa ha pedido que "se empiecen a controlar" estos "cementerios clandestinos" de residuos, pues la gestión de los mismos en el municipio tiene "tintes mafiosos".

JAVIER FERNÁNDEZ Y DIEGO MOVELLÁN

   Además, este hombre ha criticado que el PP lleve en sus listas al Congreso y el Senado con motivo de las próximas elecciones generales del 20 de diciembre al exconsejero de Medio Ambiente, Javier Fernández, que encabeza la lista a la Cámara Alta, o al exalcalde e Camargo, Diego Movellán, número 3 a la Cámara Baja. Y es que a juicio de este vecino, Fernández "se asegura" así su aforamiento, cuando tanto él como el que fuera regidor son "responsables directos" del "descalabro sanitario y medioambiental" en Camargo.

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Pagazaurtundúa (UPYD) reclama a la CE información sobre la planta de asfaltado ecológico de Camargo

   La jefa de la Delegación de UPyD en el Parlamento Europeo, Maite Pagazautundúa, ha solicitado a la Comisión Europea información sobre los nuevos desarrollos en el expediente de infracción anunciado el pasado mes de abril por Bruselas respecto a las presuntas irregularidades en el uso de fondos europeos en el funcionamiento de la fábrica de asfalto de la empresa Copsesa en Camargo.

   El Ejecutivo comunitario informó en abril de este expediente en la respuesta a una pregunta parlamentaria remitida por la propia eurodiputada magenta, en la que daba cuenta del proceso judicial impulsado por la Fiscalía cántabra contra la empresa por presuntos delitos medioambientales y de prevaricación administrativa.

   Desde entonces, la Comisión no ha dado nuevas informaciones sobre las posibles irregularidades que iba a investigar, con el fin de saber si se han atentado contra los intereses financieros de la UE.

   Este caso se remonta a 2013, cuando en el marco de la convocatoria Life +, la Comisión decidió financiar, en Cantabria, el proyecto Greenroad, consistente en la implementación de un nuevo asfaltado ecológico desarrollado por la Universidad de Cantabria y la constructora Copsesa con el apoyo del Ayuntamiento de Santander. De los 1.302.303 euros que costaba, la UE aportaría 634.115 euros en 36 meses.

   Posteriormente, la Fiscalía de Cantabria denunció delitos contra el medio ambiente y prevaricación administrativa contra el responsable de Copsesa y contra el director general de Innovación e Industria del Gobierno cántabro, por la actividad de la planta que la empresa tiene en Camargo. Resultado de ello, en diciembre pasado el Juzgado de Instrucción número 4 de Santander abrió diligencias penales en relación con esta planta asfáltica.

   La también responsable de Regeneración Democrática y Participación Ciudadana de UPYD recalca en un comunicado de prensa que "es preciso arrojar toda la luz posible sobre estos casos, pues el mal uso de los fondos europeos afecta directamente a la vida de los ciudadanos y mina la credibilidad del Estado".

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Director de Medio Ambiente: "los servicios jurídicos dijeron que la planta de Copsesa (Igollo) no tenía que tramitar autorización ambiental"

 El director general de Medio Ambiente en funciones, David Redondo, ha apuntado que los servicios jurídicos de la Consejería fueron los que dijeron que la planta de aglomerado asfáltico y hormigón de Copsesa, en Igollo de Camargo, "no tenía que tramitar" una autorización ambiental porque "no estaba erigida en suelo rústico de especial protección sino en suelo rústico de protección ordinaria".

   A pesar de que este "parecer" de los servicios jurídicos suponía un "cambio sustancial" de las directrices seguidas por la Dirección General en los últimos 20 años, ha indicado que decidió analizar la situación y realizar reuniones con funcionarios, técnicos y jurídicos antes de responder a los requerimientos de Industria sobre el recurso presentado por la empresa contra la orden de cierre.

   Durante su declaración este viernes en el Juzgado de Instrucción número 4 de Santander, Redondo ha reconocido que esas reuniones para dar una respuesta se retrasaron más de un mes porque "la mayor parte de los funcionarios, técnicos y jurídicos se encontraban de vacaciones", lo que impidió la Dirección General de Industria no obtuviese la respuesta en el plazo legal establecido --es de un mes--.

   Precisamente por eso es por lo que el director general de Medio Ambiente en funciones está imputado por supuesta prevaricación administrativa omisiva o, alternativamente, un posible delito contra el medio ambiente por la planta de aglomerado asfáltico de la empresa Copsesa, en Igollo de Camargo, caso en el que también están imputados el director de Industria, Fernando Javier Rodríguez Puertas, y el dueño de la constructora y alcalde de Ramales de la Victoria, Domingo San Emeterio.

   Estas imputaciones se produjeron a raíz de las denuncias realizadas por los vecinos, la Plataforma Aire Limpio y Transparencia y Ecologistas en Acción Cantabria, y que propició que en julio de 2014 se acordara la suspensión de la actividad en la planta que Copsesa adquirió a Emilio Bolado por carecer de autorización ambiental.

NO HABÍA "GRAVE RIESGO" AMBIENTAL

   Además de explicar por qué no se tramitó esa autorización o no se respondió a tiempo a Industria, Redondo ha indicado este viernes que, en ningún momento, se vio "grave riesgo de daño ambiental" en la planta en la que, antes de noviembre de 2013 cuando se produjo el cambio de titularidad de Emilio Bolado a Copsesa, "se había controlado la calidad del aire" que era "correcta" y los niveles de inmisión "estaba muy por debajo del umbral máximo que señala la legislación".

   Pero también ha asegurado, y ha aportado documentación al respecto en la vista de sus declaración, que en abril y mayo de 2014, antes de cierre, se realizaron mediciones y éstas volvieron a "arrojar valores menores al límite máximo". En este punto, ha destacado que, además, tanto para Emilio Bolado primero como para Copsesa después, "se habían establecido dos mediciones de inmisión anuales cuando la obligación es una".

   Asimismo, ha ensalzado que el control ambiental sobre esta planta era tal que además, "en el foco de emisión potencialmente más contaminante --el tambor secador--, se había autorizado un límite de partículas de 50 cuando el último límite conocido y publicado era de 500".

   El director general en funciones ha tenido que aclarar también si se habían producido cambios o no en la planta de aglomerado asfáltico cuando era propiedad de Emilio Bolado, como le informó el Ayuntamiento de Camargo. Unas modificaciones que, ha reconocido, obligaban a la empresa a "realizar una evaluación de impacto ambiental" de la planta para "tramitar una nueva licencia de actividad ante el Consistorio", lo que llevó a la paralización.

   "El problema fundamental era si era preciso o no tramitar la autorización" y, para ello, eran precisas más reuniones, ha señalado el director general que, ha enfatizado que "ahora tiene claro que las plantas asfálticas no exigen esta tramitación" porque esa exigencia se eliminó con la Ley 21/2013 de la legislación básica del Estado en esa materia.

   No obstante, ha explicado que esa tramitación sí se tendría que haber llevado a cabo "sólo si hubiera habido modificaciones" en la planta --asunto sobre el que se tiene que pronunciar el juzgado de lo contencioso-administrativo-- pero "no se sabía" con exactitud porque "había informes contradictorios en relación a la real existencia de esas modificaciones" y, aunque no contaba ningún daño ambiental, se procedió a la paralización inicial de la fábrica "por prudencia".

ECOLOGISTAS CREEN QUE "ESCURRE EL BULTO"

   Tras la declaración de Redondo en la que han estado presentes las acusaciones y la defensa, Ecologistas en Acción ha considerado en un comunicado que las palabras del director general muestran que está intentando "escurrir el bulto, defendiendo el cambio de criterio en la exigencia de autorización ambiental de las plantas de aglomerado asfáltico en Cantabria".

   "Hasta el caso de la planta de aglomerado asfáltico de Copsesa, en los 20 años anteriores se les había exigido evaluación de impacto ambiental", han asegurado los ecologistas, que han criticado que el cambio de criterio no está "nada justificado" y ha avanzado que éste también se está valorando judicialmente en otro contencioso administrativo sobre el caso Copsesa.

   Sobre las explicaciones del director general de Medio Ambiente sobre la no emisión a tiempo del informe requerido por Industria, Ecologistas en Acción ha denunciado que "este retraso en la emisión del informe preceptivo permitió utilizar una argucia legal a Copsesa para reanudar su actividad industrial cuando tenía orden expresa de paralización de la actividad en las plantas de aglomerado asfáltico y de hormigón".

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El TSJC deniega a Copsesa la reapertura de la planta de aglomerado de Igollo

El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha denegado a la empresa Copsesa la reapertura de la planta de aglomerado asfáltico de Igollo de Camargo (veáse fotografía de esta noticia, de 'radiocamargo.es')

Así consta en una sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC en la que rechaza el recurso de apelación interpuesto por la constructora y ratifica un fallo previo del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 3 de Santander, que rechazó también la pretensión de la empresa de reabrir la planta de aglomerado asfáltico.

En concreto, la sentencia deniega la petición de Copsesa de suspender cautelarmente el cierre de las instalaciones de la planta ordenado por el Ayuntamiento de Camargo.

Dictada el pasado 7 de mayo, ha sido difundida este sábado por Ecologistas en Acción, que recuerda que los hechos se remontan a la denuncia interpuesta por este colectivo ante el Ayuntamiento de Camargo, en noviembre de 2013, al considerar que en las antiguas instalaciones de Emilio Bolado existía una "instalación clandestina" de fabricación de aglomerado asfáltico que estaba explotando "ilegalmente" la empresa Copsesa, sin licencia y sin control ambiental.

A raíz de esta situación, --de la que ya habían alertado los vecinos, que se agruparon en la Plataforma de vecinos por el aire puro y la transparencia--, el Consistorio camargués dictó una resolución, el 18 de febrero de 2014, por la que constataba que la planta carecía de licencia de actividad y de Evaluación Ambiental y concedía además a COSEPSA un plazo de dos meses para regularizar la situación.

Al cabo del tiempo establecido, el Ayuntamiento dictó la orden de clausura, impugnada en este procedimiento judicial y que ratifica el TSJC, al rechazar en su sentencia la petición de Copsesa de suspender cautelarmente el cierre de las instalaciones de la planta ordenado por el Ayuntamiento de Camargo, imponiendo las costas judiciales a la empresa.

En el fallo se rechaza la indefensión que la empresa alega que tuvo en todo el procedimiento administrativo, y se alude igualmente a la 'falta de pruebas' en la afirmación Copsesa de que el cierre de la actividad le va a producir perjuicios económicos.

La constructora defendía también que el Ayuntamiento, a pesar de ordenar el cierre de las instalaciones por carecer de licencia y autorización ambiental, no se opuso a sus deseos de reabrir temporalmente o cautelarmente la planta de aglomerado hasta que se dictara sentencia definitiva, cuestión que se está tramitando en otras diligencias en el mismo juzgado.

En este sentido, el tribunal señala que "no es ningún argumento de peso" la actitud del Consistorio en una petición judicial de medida cautelar en la que "hay múltiples partes" personadas.

Por todo lo anterior, el TSJC confirma el auto impugnado, al entender que "todos" los argumentos que aleguen las partes deben estar, además de alegados, "probados de modo suficiente".

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La Comisión Europea pedirá información sobre el caso Copsesa, según UPyD

La Comisión Europea (CE) ha anunciado hoy que solicitará información del caso Copsesa ante "posibles infracciones" en el uso de fondos europeos en el funcionamiento de la fábrica de asfalto de la empresa en Camargo, según ha anunciado UPyD. La formación ha explicado en nota de prensa que la CE ha tomado esta decisión a raíz de una pregunta parlamentaria remitida por la eurodiputada de UPyD Maite Pagazartundúa, en la que daba cuenta a la Comisión del proceso judicial impulsado por la fiscalía de Cantabria contra la empresa por presuntos delitos medioambientales y de prevaricación administrativa.

Al respecto, recuerda que hace "algún tiempo", y con el objetivo de "arrojar luz sobre el oscuro caso de Greenroad-Copsesa", la formación en Cantabria pidió colaboración a la delegación de UPyD en el Parlamento Europeo.

En concreto, se aportó la información disponible sobre este caso y Maite Pagazaurtundua preguntó a la Comisión, con el resultado de que el asunto "será investigado", pues se emplearon fondos públicos europeos afirma el Candidato a la Presidencia de Cantabria de UPyD.

El Juzgado de Instrucción nº4 de Santander investiga supuestos delitos contra el medio ambiente y prevaricación administrativa en relación a la actividad de Copsesa.

Copsesa es titular desde 2013 de la planta de aglomerado ubicada en el municipio de Camargo. Con el cambio de titularidad, se plantearon dudas acerca de si se habían producido modificaciones técnicas en la planta, lo cual exigiría una evaluación de impacto ambiental (EIA).

En julio de 2014 la Dirección General de Industria acordó la suspensión de la actividad tras un informe de la Dirección General de Medio Ambiente en el que se señalaba que dicha empresa debía tramitar la citada EIA.

Pese a la existencia de dicha suspensión, la Fiscalía informó a Industria en el mes de octubre de que la actividad se seguía realizando, e incluso a horas nocturnas. Según la denuncia de la Fiscalía que dio pie a las diligencias en el Juzgado, no constaba actuación alguna tendente a cumplir con tal paralización.

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